jueves, 15 de octubre de 2015

2 EL PRODUCTO QUE SE DESEA EXPORTAR

2.1 CLASIFICACIÓN  ARANCELARIA DE SU PRODUCTO

La expresión Clasificación Arancelaria tiene fundamentalmente dos significados. El primero, como denominación de un sistema de clasificación de mercancías objeto de comercio internacional; el segundo, para designar al código utilizado en una operación de importación o de exportación mediante el que las autoridades asignan y los usuarios conocen los impuestos, derechos, regulaciones no arancelarias, etc.
El código de la clasificación arancelaria basado en la nomenclatura del Sistema Armonizado consta de seis dígitos. Cada país puede añadir más dígitos a esos seis, en función de sus necesidades tributarias y estadísticas. Por ejemplo, el código en la nomenclatura mexicana y en el Sistema Arancelario Centroamericano (SAC), consta de 8 dígitos en total, mientras que en Canadá, España (en general la Unión Europea (Taric)) y los Estados Unidos de América, consta de 10.
El siguiente es un ejemplo de la forma en que está estructurada una partida (código con cuatro dígitos), con sus subpartidas (códigos con seis dígitos):

85.10 Afeitadoras, máquinas de cortar el pelo o esquilar y aparatos de depilar, con motor eléctrico incorporado.
8510.10 - Afeitadoras.
8510.20 - Máquinas de cortar el pelo o esquilar.
8510.30 - Aparatos de depilar.
8510.90 - Partes.

Una vez que se conoce el código de clasificación es posible saber cuáles son las regulaciones arancelarias (impuestos, derechos, etc.) y las regulaciones o barreras no arancelarias a que está sujeta la mercadería, que deben ser cumplidas, según el caso, por el exportador o importador de la misma.
Fuente
“Clasificación arancelaria” 22 de Octubre del 2014. Recuperado el 12 de Octubre del 2015 https://es.wikipedia.org/wiki/Clasificaci%C3%B3n_arancelaria#C.C3.B3digo




Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías
El principal instrumento utilizado para la clasificación de mercancías es el Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías (SA) (desde 1988), y en el cual se basan la mayoría de las Tarifas arancelarias del Mundo, incluyendo la de México.
La OMA es el organismo dedicado a estudiar mercancías, desarrollar técnicas aduaneras y otros asuntos arancelarios, y es el encargado de mantener actualizado el SA. Sede: Bruselas.
ü  159 miembros activos
ü  195 entidades usan la nomenclatura del SA
ü  México lo adoptó en su ley desde julio de 1988

SISTEMA ARMONIZADO
Lista, relación o catálogo de bienes agrupados en forma sistemática, de acuerdo a criterios tales como: origen, grado de elaboración, usos, aplicaciones y según su importancia comercial mundial.
ü  El SA incluye todos los bienes, incluso los “no inventados”
ü  Siempre que sean:
o    Tangibles 
o    Muebles
ü  Se identifican con un código numérico común
Pero puede utilizarse para otros fines
ü  Diseño de Reglas de Origen
ü  Para registro estadístico
ü  Identificar productos sujetos al cumplimiento de normas de calidad
ü  Identificar bienes sujetos al pago de cuotas compensatorias

Estructura del SA:
ü  Las mercancías objeto de comercio se han agrupado en 97 Capítulos que corresponden a las actividades económicas más relevantes.
ü  Cada Capítulo se subdivide en grupos o especialidades (partidas; subpartida).
ü  El SA asume la forma de un código numérico de seis dígitos.
Cabe destacar, que las subpartidas se dividen en “subpartidas de 1er. Y 2do. Nivel”, es decir, subpartidas de un guion y subpartidas de dos guiones, respectivamente. Y a su vez las subpartidas de 1er. Nivel o de un guion pueden estar desglosadas o no.
Son de primer nivel, aquellas en las que el sexto número es cero (0) o que no tienen código; lo cual significa que han sido subdivididas en subpartidas de 2do. Nivel. Son de segundo nivel, aquellas en las que el sexto número es distinto de cero (0). Sin embargo existen partidas que no se subdividen y la subpartida se identifica con un código numérico de doble cero (00).
ü  Los dos primeros números arábigos del código señalan el Capítulo en el que se ha agrupado la mercancía. ;
ü   Tercero y cuarto indican la partida, en el orden numérico que le corresponde dentro del Capítulo. (Una partida consta de cuatro dígitos). ;
ü  El quinto y sexto, agregados a los cuatro de la partida, identifican a la subpartida.

Cada país establece el nivel nacional de desglose conforme a sus necesidades de identificación. Añade al código del SA los dígitos, letras o cualquier otro carácter necesarios para formar sus propias subdivisiones arancelarias o estadísticas.
ADEMÁS EL SA SE COMPONE DE:
REGLAS GENERALES
ü  NOMENCLATURA
ü  NOTAS LEGALES
ü  NOTAS EXPLICATIVAS
ü  CRITERIOS DE CLASIFICACIÓN
ü   ÍNDICE ALFABÉTICO DE PRODUCTOS

NOTAS LEGALES
CONSTITUYEN TEXTOS LEGALES QUE NO ADMITEN INTERPRETACIÓN DELIMITAN, DEFINEN, EJEMPLIFICAN, EXCLUYEN, AMPLÍAN O ACOTAN:
ü  SECCIONES
ü  CAPÍTULOS
ü  PARTIDAS
ü  SUBPARTIDAS


·         Del Capítulo 1 al 5, Animales vivos y productos del reino animal.
·         9 Del Capítulo 6 al 14, Productos del Reino Vegetal.
·         9 Del Capítulo 24 al 27, Productos minerales
Por grado de elaboración:
·         Del Capítulo 15 al 24, Grasas y aceites de animales y vegetales, y productos de la industria alimentaria.
·         En el Capítulo 52, de la partida 52.01 a la 52.03, fibras de algodón; de la 52.04 a la 52.07, sus hilados y de 52.08 a 52.12, Tejidos (telas).
Por uso o función:
·         En el Capítulo 84, las partidas 84.02 a 84.24 agrupan las máquinas y aparatos que están comprendidos en ellas principalmente por su función.
Por aplicación:
·         En el Capítulo 84, las partidas 84.25 a 84.78 agrupan las máquinas y aparatos que se clasifican en ellas por razón de la industria o rama de la actividad que las utiliza.

MÉXICO TIENEN REGLAS COMPLEMENTARIAS PARA LA APLICACIÓN DE LA TARIFA.
CONJUNTO DE DISPOSICIONES LEGALES EXPEDIDAS PARA:
ü  SUSTENTO JURÍDICO A LA NOMENCLATURA A NIVEL NACIONAL.
ü  ESTABLECER EL MARCO OPERATIVO DE LA TARIFA.

SECRETAR SECRETARÍA DE ECONOMIA A DE ECONOMIA
Es la instancia oficial que recibe Es la instancia oficial que recibe las solicitudes, tanto del sector las solicitudes, tanto del sector privado como del privado como del gubernamental, para modificar gubernamental, para modificar la TIGIE, en lo que se refiere a la TIGIE, en lo que se refiere a fracciones arancelarias fracciones arancelarias.
Para solicitar una modificación Para solicitar una modificación en la TIGIE, el promovente debe la TIGIE, el promovente debe presentar un Cuestionario ex presentar un Cuestionario ex profeso para tal efecto, el cual profeso para tal efecto, el cual será analizado y resuelto, en analizado y resuelto, en primera estancia, por las primera estancia, por las áreas técnicas de la Secretaría.
Posteriormente, se elabora una Posteriormente, se elabora una  ficha técnica, con los argumentos del promovente y argumentos del promovente y consideraciones de la consideraciones de la autoridad, que se presentar autoridad, que se presentará a opinión de los miembros de la n de los miembros de la Comisión de Comercio n de Comercio Exterior (COCEX) Exterior (COCEX).
COMISION DE COMERCIO COMISION DE COMERCIO EXTERIOR (COCEX)
Es la instancia dedicada al Es la instancia dedicada al estudio y diseño de las o de las medidas arancelarias y no medidas arancelarias y no arancelarias.
La COCEX como La COCEX como órgano de consulta obligatoria  de la Administración Pública  en materia de normatividad de comercio exterior: materia de normatividad de comercio exterior:
ü  Emite opinión en los asuntos relacionados la entrada, salida, regulación la entrada, salida, regulación y restricción de las mercancías.
ü  Revisa peri Revisa periódicamente la normatividad establecida en materia de comercio exterior, establecida en materia de comercio exterior, a fin de recomendar las modificaciones a fin de recomendar las modificaciones necesarias para perfeccionarla.
Fuente
“Sistema armonizado” (sin fecha de publicación) Recuperado el 12 de Octubre del 2015
http://www.sedi.oas.org/dctc/AdmAcuerdos/Informacion%20Estadistica%20Comercial/3.%20SA-SECON-COCEX%20A.%20Mendez%20-%20Mex.pdf


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